Características del procedimiento El presente contrato tiene naturaleza administrativa y se califica como contrato Mixto, al contener prestaciones propias del contrato de suministro y de instalación, conforme a lo dispuesto en el art. 18 de la LCSP. Atendiendo al carácter de la prestación principal- se considera que el 80% (168.000,00 euros) del valor corresponde al suministro y el 20% (42.000,00 euros) a la instalación, ambas cuantías IVA excluido-, el presente contrato se regirá por las normas propias de adjudicación del contrato de suministro; y se regirá para lo no previsto en los pliegos, por la LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (RD 817/2009) y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en todo lo que no haya resultado afectado por la disposición derogatoria de la LCSP y demás normas complementarias; con el sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.