Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer - La persona contratista deberá de retribuir de la misma manera a mujeres, hombres y otros trabajadores identidad o condición sexual o expresión de género diferente del personal que participe en la ejecución del contrato y realice las mimas funciones.
Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos - Si bien no se trata de un contrato que implique la cesión de datos personales
por la Administración al contratista, éste estará obligado a someterse a la normativa nacional
y de la Unión Europea en materia de protección de datos, según lo establecido en el artículo
202.1 de la LCSP.
Consideraciones de tipo social - El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral particularmente el convenio colectivo sectorial aplicable al personal adscrito a la ejecución del contrato y de Seguridad Social.
Promover el empleo de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral - Las nuevas contrataciones para la ejecución del contrato así como la cobertura de bajas y en general sustituciones que se precisen, se efectuarán, salvo justificación de su imposibilidad atendiendo a las características del concreto trabajo a desarrollar, al menos un 5 por ciento entre personas personas desempleadas de colectivos con dificultad de acceso al mercado laboral.
Consideraciones de tipo medioambiental - El contratista deberá cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el anexo V de la LCSP.