Otros - a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza
que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos
años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los
mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes
adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes
efectuados más de tres años antes. Cuando le sean requeridos por el órgano de contratación los
servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el
órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el
destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este
certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes
en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 50.000,00 €, con una vigencia anual. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores de este apartado, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad.