Otros - La solvencia técnica de las empresas se acreditará por alguno de los siguientes medios:
Relación de los suministros ejecutados en el curso de los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de los suministros y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, y a falta de éstos, mediante una declaración responsable de la empresa acompañada de los documentos obrantes en poder de la misma que acrediten la realización de la prestación.
Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.