Trabajos realizados - Apartado J del PCAP.
Experiencia mínima de 3 años del personal adscrito al servicio, en trabajos de idéntica naturaleza al objeto de contratación (1)
Experiencia en el manejo de las aplicaciones catastrales SIGCA, SIGECA y SAUCE y en la Sede Electrónica de Catastro
La persona de enlace o coordinador a que se refiere la Cláusula VI del Pliego de Prescripciones Técnicas, deberá poseer una
experiencia acreditada de haber realizado en los últimos tres años trabajos de coordinación en al menos cinco ayuntamientos o
entidades locales con población empadronada igual o superior a 15.000 habitantes respecto trabajos idénticos a la prestación
del servicio objeto de contratación (1)
.
En caso de empresas de nueva creación de antigüedad inferior a tres años, conforme al art. 90.4 LCSP, su solvencia técnica se
acreditará con lo dispuesto en el anterior apartado b). En todo caso, las licitadoras incluirán en su oferta una relación del personal técnico y administrativo que integrará el equipo de trabajo, así como, los correspondientes currículos, acreditaciones y certificados justificativos de lo requerido en la presente cláusula, todo ello según se especifica en la cláusula relativa a la forma y contenido de las proposiciones del presente pliego. En el supuesto de resultar propuesto como adjudicatario y en los plazos previstos, el licitador deberá aportar un compromiso de adscripción al contrato, de él mismo y de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo previamente propuesto. Sin perjuicio de que dichos miembros puedan ser sustituidos por la empresa siempre que cumplan los requisitos de solvencia previstos en el pliego técnico y previa comunicación al Ayuntamiento. Este
compromiso tendrá el carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 211 de la LCSP, y se integrará en el
contrato que suscribirá el adjudicatario.
Se configura una condición de ejecución del contrato, la exigencia como compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2
LCSP) para garantizar la eficacia y la calidad del servicio, la entidad adjudicataria deberá disponer de oficina o despacho abierto en la provincia de Valencia. A tal efecto, deberá acreditar la disponibilidad de dicha oficina de trabajo mediante la suscripción del anexo correspondiente a la presentación de la oferta y mediante contrato administrativo antes de la formalización del contrato. En caso de no acreditarse dicha disponibilidad quedará sin efecto la adjudicación del contrato.