Trabajos realizados - La solvencia técnica deberá acreditarse mediante una relación de los
principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza
que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres
últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario,
público o privado, de los mismos.
El importe de los servicios o trabajos efectuados en al menos uno de los
ejercicios habrá de ser igual o superior al presupuesto de licitación del
lote 1. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante:
Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando
el destinatario sea una entidad del sector público o,
Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un
certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante
una declaración del empresario.
Si como consecuencia de la fecha de creación de la empresa, no se
pudiese acreditar la relación de los principales servicios o trabajos
realizados durante la totalidad de los periodos exigidos, se acreditará a
partir del ejercicio siguiente a la fecha de inicio de la actividad del
empresario.
Asimismo, el compromiso de adscripción de medios constituye parte de
la solvencia. Los medios personales y materiales adscritos a este
contrato deberán cumplir con las especificaciones del pliego de
Prescripciones técnicas y se integrarán en el contrato, atribuyéndoseles
el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el
artículo 211 de la LCSP.