Trabajos realizados - En la fase de clasificación de ofertas el empresario acreditará su solvencia técnica o profesional:
Se acreditará la solvencia técnica mediante la relación de los trabajos ejecutados en los últimos cinco
años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del
grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos
subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato (38.000,00 €).
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la LCSP podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.