- Trabajos realizados
- Cláusula 28 PCAP. Solvencia. Alternativamente, podrá acreditar su solvencia mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Certificado de la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del
mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo
más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo
importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la
anualidad media del contrato.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución
- Cláusula 28 PCAP. Solvencia. Alternativamente, podrá acreditar su solvencia mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la
empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos
acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de
contratación.
b) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.
c) Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la
ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea
requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
- Otros
- Cláusula 28 PCAP. Solvencia. De acuerdo con el artículo 77 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, el contratista acreditará su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica si se encuentra clasificado en el grupo, subgrupo y categoría que se indica: Grupo: E - Hidráulicas Subgrupo: 1 - Abastecimientos y saneamientos Categoría: 2