Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 de la LCSP:- Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se deberá presentar declaración responsable del licitador en la que conste su volumen anual de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato en los tres (3) últimos ejercicios concluidos (2016, 2017 y 2018), exigiéndose como valor mínimo para su acreditación que el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de dichos tres últimos años, sea igual o superior al 50% del presupuesto base de licitación ( 308.820,11 euros).
Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, tendrá la obligación de presentar los datos disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades. En todo caso, deberá acreditar al menos el importe anual exigido para un año.
Umbral: 308820.11
Periodo: 2016-2018
Expresión: Volumen anual de negocios en el periodo 2016-2018