Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante el volumen anual de negocios, que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, sea igual o superior al del valor estimado del contrato, 49.990,00€, no siendo necesario que dicho volumen anual se refiera al objeto del contrato.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio del certificado del importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 11.4 a) del Reglamento 1.098/2001, en su redacción dada por R.D. 773/2015, de 28 de agosto.