A.- CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE
Los criterios que han de servir de base a la adjudicación, valorándose de mayor a menor en este orden, serán los que se indican seguidamente:
El único criterio de adjudicación será el económico. (100 puntos)
Se valorarán las mejoras incluidas en el Modelo de Proposición de este Pliego, sin que supongan un coste adicional para el Ayuntamiento y, supongan una mejora en el cumplimiento de las obligaciones de la empresa adjudicataria para la ejecución de la obra, siendo necesario ofertarlas por su orden, y cada una de ellas de forma completa.
Se otorgará la mayor puntuación a la empresa que oferta mayor número de mejoras y, al resto de las empresas licitadoras se le puntuará proporcionalmente a las ofertadas.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
Si persistiese el empate, se atribuirá la máxima puntuación a la oferta que comprometa la contratación del mayor número de jornadas de trabajo de trabajadores desempleados inscritos en las oficinas públicas de empleo contratados expresamente para la ejecución de la obra. A las demás ofertas se le atribuirá la puntuación que les corresponda de manera proporcional mediante una regla de tres simple directa. Se verificará la realización efectiva de esta contratación mediante la aportación de los correspondientes contratos laborales y documentos TC2.
Para ser valorado en este apartado se tendrá que asumir el siguient