Número de contrato LICT/99/031/2020/0096/L1
Fecha de modificación 10/07/2024
Observaciones Modificación del contrato LICT/99/031/2020/0096/L1
Número de modificación 2
- Modificación del importe
- Importe total tras la modificación
Importe total (sin impuestos) 2.796.525,55 EUR.
Importe total (con impuestos) 3.383.795,92 EUR.
Justificación de la Modificación Necesidad de obras, servicios o suministros adicionales, a cargo del contratista/concesionario inicial [artículo 43, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/23/UE; artículo 72, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/24/UE y artículo 89, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/25/UE]
Descripción de la Modificación Con la finalidad de conseguir mejoras en los tiempos de desarrollo de los proyectos funcionales, no identificadas inicialmente, se necesita permitir el uso de Alejandr.IA, IA (y por extensión, Azure OpenAi, Pinecone y AWS) en los proyectos desarrollados en el ámbito del contrato de servicios de mantenimiento de las aplicaciones informáticas en el ámbito del entorno funcional de prestaciones y prevención de FREMAP.
Dichas herramientas no se identificaron en la formalización del contrato porque en ese momento el grado de desarrollo de tecnologías de Inteligencia Artificial era mínimo, habiendo experimentado un crecimiento exponencial en el ultimo año.
FREMAP está en plena transformación de sus aplicaciones informáticas desarrolladas en tecnologías obsoletas a nuevas aplicaciones creadas en entornos más modernos, trabajando con un plan de transformación que se extiende hasta finales de 2029. El uso de esta tecnología permitirá acelerar dicha transformación facilitando y automatizando tareas que actualmente realizan programadores provocando por tanto, potencialmente, recortes en el horizonte temporal de migración y transformación de las aplicaciones.
La utilización de estas herramientas de inteligencia artificial para el desarrollo de los trabajos objeto de este procedimiento de contratación implicará que el adjudicatario asume la responsabilidad que pudiera ser imputada a FREMAP en relación con la reclamación de terceros por derechos de propiedad intelectual o empresarial.
Para esta cubrir esta necesidad, es necesario recurrir al supuesto de modificación que se encuentra recogido en el Pliego de Cláusulas administrativas, en el apartado de "justificación del valor estimado", donde se indica explícitamente las circunstancias que podrán dar lugar a modificaciones previstas del contrato:
"Las circunstancias que podrán dar lugar a modificaciones previstas del contrato son las siguientes:
- Proyectos tecnológicos y/o funcionales de obligado desarrollo en los plazos de esta licitación (contrato y/o cualquiera de sus prórrogas) no identificados en el momento de realizar ésta que supongan una necesidad de personal superior a la prevista"
Esta necesidad de modificación prevista no implicaría ningún coste, por lo que esta modificación y las modificaciones anteriormente realizadas no superan el 20% del importe de adjudicación, encontrándose por tanto dentro de los umbrales permitidos en los pliegos y la normativa.
Una vez analizada la propuesta técnica recibida por el proveedor, el Área Técnica de FREMAP ha procedido a aceptarla tras observar que cumple los requisitos del pliego técnico.