logoescudo

Documento de Pliegos

Número de Expediente 300/2019/00441
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 30-05-2019 a las 13:26 horas.

Suministro de materias primas cerámicas par ala Escuela Municipal de Cerámica de la Moncloa 2019 (3 lotes)

  • Valor estimado del contrato
    74.125,8 EUR.
  • Importe
    44.798,92 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    37.023,9 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 12 Mes(es)
  • Tipo de Contrato
    Suministros
  • Subtipo
    Adquisición
  • Lugar de ejecución
    ES300 Madrid Escuela Municipal de Cerámica de la Moncloa Madrid
  • Clasificación CPV
    • 24000000 - Productos químicos.
    • 30190000 - Equipo y artículos de oficina diversos.

Proceso de Licitación

  • Procedimiento
    Abierto simplificado
  • Tramitación
    Ordinaria
  • Presentación de la oferta
    Electrónica
  • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
    : No
  • Reducción de candidatos en fases sucesivas : No
Nº de Lotes: 3
  • Se debe ofertar:
    A uno o varios lotes
  • Número máximo de lotes a los que se puede presentar: 3
  • Número máximo de lotes que se puede adjudicar a un licitador: 3

Entidad Adjudicadora

Dirección Postal
  • Paseo de la Chopera, 41
  • (28045)
    Madrid
    España
  • ES300
Contacto
  • Teléfono
    +34 915883242
  • Correo Electrónico
    contratacionss@madrid.es

Proveedor de Pliegos

  • Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

Plazo de Obtención de Pliegos

  • Hasta el 17/06/2019 a las 18:00
Dirección Postal
  • Paseo de la Chopera, 41
  • (28045)
    Madrid
    España

Proveedor de Información adicional

  • Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo
Dirección Postal
  • Paseo de la Chopera, 41
  • (28045)
    Madrid
    España

Recepción de Ofertas

  • Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo
Dirección Postal
  • Paseo de la Chopera, 41
  • (28045)
    Madrid
    España

Plazo de Presentación de Oferta

  • Hasta el 17/06/2019 a las 18:00

Objeto del Contrato
: Suministro de materias primas cerámicas par ala Escuela Municipal de Cerámica de la Moncloa 2019 (3 lotes)

  • Valor estimado del contrato
    74.125,8 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      44.798,92 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      37.023,9 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 24000000 - Productos químicos.
    • 30190000 - Equipo y artículos de oficina diversos.
  • Plazo de Ejecución
    • 12 Mes(es)
  • Lugar de ejecución
    • Escuela Municipal de Cerámica de la Moncloa
    • Subentidad Nacional
      Madrid
    • Código de Subentidad Territorial
      ES300
    • Dirección Postal
      • C/ Francisco y Jacinto Alcántara, 2
      • (28008)
        Madrid
        España

    Opciones y prórrogas

    • Descripción:
      Sí procede. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario.
    • Plazo
      • Descripción:
        Duración: 1 año

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se utilizará pedido electrónico : No
    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Se utilizará el pago electrónico : No
    • Condiciones especiales de ejecución de Contrato
      • Consideraciones tipo social - La entidad adjudicataria adoptará las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

    Lote 1: Lote 1 - Pastas cerámicas

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        21.785,24 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        18.004,33 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 24000000 - Productos químicos.
    • Clasificación CPV
      • 30190000 - Equipo y artículos de oficina diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • No prohibición para contratar
        - No encontrarse incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el art.71 de la LCSP.
      • Capacidad de obrar
        - Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en alguna prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, o se encuentren debidamente clasificadas. En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en el artículo 69, apartados 8 y siguientes de la LCSP
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el art.13 del RGLCAP.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el art.14 del RGLCAP.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato
        - Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años: Artículo 89.1 apartado b) LCSP: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
      • Trabajos realizados
        - Haber realizado trabajos de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado, en cualquiera de los tres últimos años (2017, 2018 y 2019), por importe igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV.
        Periodo:
        2017,2018 y 2019
        Expresión:
        Igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos concluidos (2016, 2017 y 2018), deberá ser igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote.
        Periodo:
        2016, 2017 y 2018
        Expresión:
        Igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Mejoras económicas sobre el tipo de licitación
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 100
        • Expresión de evaluación : Y=100 X (% de baja de la oferta a valorar) / (% de baja de la oferta más económica). Y= puntuación obtenida.
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 100

    Lote 2: Lote 2 - Materias primas cerámicas, esmaltes, colores cerámicos y productos auxiliares

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        15.056,04 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        12.443,01 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 24000000 - Productos químicos.
    • Clasificación CPV
      • 30190000 - Equipo y artículos de oficina diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el art.13 del RGLCAP.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el art.14 del RGLCAP.
      • No prohibición para contratar
        - No encontrarse incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el art.71 de la LCSP.
      • Capacidad de obrar
        - Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en alguna prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, o se encuentren debidamente clasificadas. En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en el artículo 69, apartados 8 y siguientes de la LCSP
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Trabajos realizados
        - Haber realizado trabajos de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado, en cualquiera de los tres últimos años (2017, 2018 y 2019), por importe igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV
        Periodo:
        2017, 2018 y 2019
        Expresión:
        Igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote
      • Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato
        - Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años: Artículo 89.1 apartado b) LCSP: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos concluidos (2016, 2017 y 2018), deberá ser igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote
        Periodo:
        2016, 2017 y 2018
        Expresión:
        Igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Mejoras económicas sobre el tipo de licitación
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 100
        • Expresión de evaluación : Y=100 X (% de baja de la oferta a valorar) / (% de baja de la oferta más económica). Y= puntuación obtenida.
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 100

    Lote 3: Lote 3 - Equipamiento para el proceso cerámico y material de bellas artes

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        7.957,64 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        6.576,56 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 24000000 - Productos químicos.
    • Clasificación CPV
      • 30190000 - Equipo y artículos de oficina diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el art.14 del RGLCAP.
      • No prohibición para contratar
        - No encontrarse incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el art.71 de la LCSP.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • Capacidad de obrar
        - Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en alguna prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, o se encuentren debidamente clasificadas. En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en el artículo 69, apartados 8 y siguientes de la LCSP
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el art.13 del RGLCAP.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Trabajos realizados
        - Haber realizado trabajos de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado, en cualquiera de los tres últimos años (2017, 2018 y 2019), por importe igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV
        Periodo:
        2017, 2018 y 2019
        Expresión:
        Igual o superior al 50 por cierto del valor estimado del lote
      • Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato
        - Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años: Artículo 89.1 apartado b) LCSP: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Volumen de negocios de los tres últimos concluidos (2016, 2017 y 2018), deberá ser igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote.
        Periodo:
        2016, 2017 y 2018
        Expresión:
        Igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del lote
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Mejoras económicas sobre el tipo de licitación
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 100
        • Expresión de evaluación : Y=100 X (% de baja de la oferta a valorar) / (% de baja de la oferta más económica). Y= puntuación obtenida.
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 100

    Condiciones de Licitación

  • Fórmula de Revisión de Precios
    No procede
  • Importe Máximo Gastos de Publicidad
    0 EUR.
  • Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %
    • Plazo de constitución
      • 1 Año(s)

    Garantía Requerida Complementaria

    • Porcentaje
      1 %
    • Plazo de constitución
      • 1 Año(s)

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre único - Lote 1
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa y criterios cuantificables automáticamente
    • Nº Lote:
      1
    • Descripción
      Sobre único de declaración responsable y criterios valorables en cifras o porcentajes

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre único - Lote 2
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa y criterios cuantificables automáticamente
    • Nº Lote:
      2
    • Descripción
      Sobre único de declaración responsable y criterios valorables en cifras o porcentajes.

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre único - Lote 3
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa y criterios cuantificables automáticamente
    • Nº Lote:
      3
    • Descripción
      Los documentos se convertirán a pdf y se firmarán electrónicamente por el/los representantes del operador económico previo a su incorporación a la herramienta de presentación de ofertas. En caso de discrepancia entre el valor introducido en PLACSP y el que figura en el modelo de Anexo de oferta prevalecerá el valor incluido en el Anexo frente al dato que haya sido incorporado en PLACSP.

    Plazo de Validez de la Oferta

    • 2 Mes(es)

    Presentación de recursos

      Presentación de recursos
      • Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
      Dirección Postal
      • Gran Vía, 19
      • (28013)
        Madrid
        España

    • Se aceptará factura electrónica

    Subcontratación permitida
    • Se podrá concretar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos del artículo 215 de la Ley 9/2017