Trabajos realizados - Como medios para acreditar la solvencia profesional se ha considerado más adecuado para el fin perseguido establecer, entre los previstos en el art. 90.1 LCSP, una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un
certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de los tres últimos años avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en
el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. No obstante y dando cumplimiento a lo previsto en el citado art 90.4 LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal, aquella que tenga un antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la indicación de la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Para contar con la
solvencia necesaria se exigirá al contratista como mínimo: -Relación indicando el número de unidades de autobuses integradas en la empresa y que estarían afectos al contrato, a la que se adjuntará permiso de circulación y ficha técnica de los vehículos. Para acreditar la solvencia se exigirá estar en disposición de 14 autobuses