Otros - La solvencia técnica de las empresas se acreditará mediante el medio establecido en la letra 90.1a) de LCSP. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados deben ser de la misma naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Los servicios o trabajos efectuados se acreditan mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
Umbral: 1129595.7
Periodo: De los tres últimos años
Expresión: La relación de los principales servicios o trabajos realizados deberá incluir tres certificados por un importe conjunto, debe ser igual o superior al importe de una anualidad del presupuesto base de licitación, 1.129.595,70 € (IVA no incluido).