Descripción del procedimiento El objeto del ACUERDO MARCO referido será seleccionar a la empresa que prestará a las EELL-CLM el servicio de mediación a través de la CC-FEMPCLM y fijar las condiciones generales por las que se habrá de regir dicho ACUERDO MARCO, así como los CONTRATOS BASADOS en el mismo que se adjudiquen posteriormente por las referidas EELL-CLM.
Los servicios de mediación objeto del ACUERDO MARCO que se licite deberá abarcar, al menos, los siguientes grupos de riesgo:
- Riesgos patrimoniales de bienes muebles e inmuebles que integran el patrimonio de las EELL, incluidas las instalaciones, los equipos electrónicos, científicos e informáticos, así como su patrimonio artístico.
- Riesgos derivados de la responsabilidad civil y/o patrimonial en que puedan incurrir las EELL, así como la responsabilidad civil y/o patrimonial derivada de la actuación de las autoridades y el personal a su servicio, y que en el ejercicio de su actividad puedan ocasionar daños a terceros o a cosas.
- Riesgos personales referidos a accidentes, a vida, a salud, a asistencia sanitaria, etc. del personal al servicio de las EELL.
- Riesgos derivados de la responsabilidad profesional de arquitectos, ingenieros y otros técnicos.
- Riesgos patrimoniales, personales y de responsabilidad civil derivados del uso de vehículos de motor que formen parte del parque móvil de las EELL.
- Cualesquiera otros grupos de riesgos en otros ramos en que las EELL-CLM pudieran estar interesados.