Examinada la proposición presentada por el licitador, esta Junta de Contratación regulada por O.M. FOM/1082/2018 de 10 de octubre, acuerda:
Adjudicar y formalizar el contrato al que se refiere el presente acuerdo, a la empresa y por el importe que figuran en el documento adjunto, teniendo en cuenta que la proposición presentada por la empresa propuesta resulta la más beneficiosa, en su conjunto, para la Administración (Artículos 131 y ss. de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público –LCSP–).
Contra la resolución de la Junta de Contratación, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, regulado en los artículos 121 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, ante el Subsecretario del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la recepción del acto objeto de impugnación.