Trabajos realizados - acreditación de experiencia en la realización de servicios complementarios y de colaboración a la gestión recaudatoria municipal en período ejecutivo y para la gestión administrativa y recaudación de las multas de tráfico en período voluntario y en período ejecutivo prestados a municipios de gran población (o de población oficial en la última revisión realizada de un mínimo de 75.000
habitantes) por estimarse que la problemática que se puede dar será similar a la que se puede producir en el Ayuntamiento de Lugo y por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución durante los últimos cinco años que sea igual o superior a 1.300.000, IVA excluido.
Para su acreditación aportarán una relación firmada por el licitador y comprensiva de los servicios realizados, descripción de cada uno de los contratos que corresponda a los servicios indicados en el apartado anterior, destinatario (municipio de gran población o de un mínimo de 75.000 habitantes), importe anual de los contratos y fecha de realización.
Junto con esta relación aportarán certificado expedido o visado por el órgano competente del municipio al que prestó el servicio.
No obstante lo expuesto y de conformidad con el artículo 11 del Real decreto 1098/2001 la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera así como la solvencia técnica y profesional podrá sustituirse por la correspondiente clasificación en el grupo y subgrupo que corresponda en función del objeto del contrato y con la categoría que proceda en función del valor anual medio.
En este sentido, se toma como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el licitador y acreditativos de la experiencia y los que constituyen el objeto de este contrato la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación si el contrato estuviera encuadrado en alguno de los subgrupos del anexo II del R.d. 1098/2001 o en caso contrario la igualdad entre los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.
Este contrato le corresponden a los códigos 75130000-6 “Servicios de apoyo a los poder públicos” y 79940000-5 “Servicios de agencias de recaudación de fondos” del CPV por lo que podría quedar incluida dentro del grupo L subgrupo 1 del anexo II “Correspondencia entre subgrupos de clasificación y códigos CPV de los contratos de servicio” y categoría 4-5 (anteriormente D) ya que la modif. del RD 1098/2001 operada por el Real decreto 773/2015, de 28 de agosto, suprimió de
dicho anexo II el subgrupo L-2 (serv. gestión cobros).
Umbral: 1300000
Periodo: durante los últimos cinco años