- Trabajos realizados
- Cuando el licitador no sea una empresa de nueva creación, su solvencia técnica se acreditará con una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (tomando como criterio de correspondencia la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV) en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
- Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios siguientes:
Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición del Ayuntamiento.
Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
- Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios siguientes:
Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición del Ayuntamiento.
Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.