- Trabajos realizados
- El licitador reúne la solvencia técnica y profesional requerida para la ejecución del contrato cuando acredite la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato (se entiende por trabajos similares los de dirección facultativa o asistencia técnica a la dirección facultativa de obras que incluyan la ejecución y puesta en marcha de una nueva depuradora de aguas residuales urbanas (EDAR) que preste servicio a una población igual o superior a los 1.400 habitantes equivalentes. Los proyectos u obras de ampliación serán asimilables al criterio anterior siempre que la capacidad conjunta (planta existente y ampliación) sea superior a 1.400 habitantes equivalentes), que se acreditará mediante la relación de los trabajos del mismo tipo o naturaleza, efectuados por el licitador en el curso de los últimos cinco (5) años, avalados por certificados de buena ejecución. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, esto es, 31.332,75 €, IVA excluido. Esta cifra global deberá estar acreditada con trabajos del tipo reseñado, es decir los de dirección facultativa o asistencia técnica a la dirección facultativa de obras que incluyan la ejecución y puesta en marcha de una nueva depuradora de aguas residuales urbanas (EDAR) que preste servicio a una población igual o superior a los 1.400 habitantes equivalentes. Los proyectos u obras de ampliación serán asimilables al criterio anterior siempre que la capacidad conjunta (planta existente y ampliación) sea superior a 1.400 habitantes equivalentes.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP, se ha ampliado el plazo a cinco años, en que se hayan realizado servicios o trabajos de igual o similar naturaleza, a fin de garantizar un nivel adecuado de competencia, teniendo en cuenta que en los últimos años se han realizado pocas obras, y por tanto asistencias técnicas asociadas a las mismas, similares a las que son objeto de esta licitación
- Medidas de gestión medioambiental
- El licitador deberá indicar de las medidas de gestión medioambiental que el empresario aplicará al ejecutar el contrato, a cuyos efectos deberá exponer las medidas que adoptará para eliminar o reducir los impactos producidos por la actividad objeto del contrato, que al menos deberán tener el alcance, y los requisitos mínimos exigidos por la norma UNE/EN/ISO 14001. El cumplimiento de este requisito también podrá acreditarse con la presentación de copia del certificado de tener implantado un sistema de gestión medioambiental de conformidad con la norma UNE/EN/ISO 14001 expedido por organismo independiente acreditado. Cuando se trate de empresas que concurran en UTE, será suficiente que cumplan dichos requisitos uno de los miembros de la U.T.E.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución
- El licitador deberá acreditar disponer del siguiente personal, con las siguientes características, para la ejecución del contrato:
1.Delegado del consultor: Titulado universitario con experiencia en los últimos 10 años.
2.Asistente técnico al director facultativo (Jefe de unidad): Técnico con titulación habilitante para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y experiencia en los últimos 10 años y participación como Director facultativo o Jefe de unidad de asistencia técnica a la dirección facultativa en la ejecución de trabajos similares (1), en los últimos cinco años.
3.Supervisor de calidad: Técnico con experiencia en los últimos 5 años y participación como técnico en la ejecución de trabajos similares (1), en los últimos cinco años.
4.Supervisor de puesta en marcha: Técnico con experiencia en los últimos 5 años y participación como técnico en la explotación o en la supervisión de una explotación de una EDAR, en los últimos cinco años.
(1) Se entiende por trabajos similares los de dirección facultativa o asistencia técnica a la dirección facultativa de obras que incluyan la ejecución y puesta en marcha de una nueva depuradora de aguas residuales urbanas (EDAR) que preste servicio a una población igual o superior a los 1.400 habitantes equivalentes. Los proyectos u obras de ampliación serán asimilables al criterio anterior siempre que la capacidad conjunta (planta existente y ampliación) sea superior a 1.400 habitantes equivalentes
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
- El licitador deberá indicar el personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad, a cuyos efectos deberá acreditarse disponer de, al menos, una persona que se encargue del control de calidad y que cuente con formación de cualquier clase como técnico en control de calidad. Igualmente describirá las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad, siendo al menos necesaria la instauración interna de un procedimiento de control de calidad, que al menos deberá tener el alcance, y los requisitos mínimos exigidos por la norma UNE/EN/ISO 9001. El cumplimiento de ambos requisitos también podrá acreditarse con la presentación de copia del certificado de tener implantado un sistema de gestión de la calidad de conformidad con la norma UNE/EN/ISO 9001 expedido por organismo independiente acreditado.Cuando se trate de empresas que concurran en UTE, será suficiente que cumplan dichos requisitos uno de los miembros de la U.T.E.
- Otros
- Conforme a lo dispuesto en el art. 90.4 de la LCSP, al encontrarnos ante un contrato no sujeto a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, teniendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica también se podrá acreditar por los siguientes medios (deberá acreditar los relacionados a continuación):
1. Declaración indicando el personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes, con las características mínimas exigidas en el siguiente punto, en el que se exige acreditar disponer del personal relacionado para la ejecución del contrato.
2.Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, con las características mínimas exigidas en el Pliego de Cláusulas Particulares, en el que se exige acreditar disponer del personal relacionado para la ejecución del contrato