Trabajos realizados - VER CLÁUSULA 13.2 DEL PCAPE. - Relación de los principales servicios efectuados durante los 3 últimos años que sean de igual
o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato, ha de ser igual o superior a 6.552,00 € (IVA no incluido). Cuando el contratista una EMPRESA DE NUEVA CREACIÓN, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante títulos académicos y profesionales del responsable o responsables
de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma (de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 apartado 1 letra e) de la LCSP). Asimismo se establece como CLASIFICACIÓN SUSTITUTIVA la siguiente (con carácter postestativo): Grupo T, Subgrupo 5: Servicios de traductores e intérpretes, Categoría 1.