Cifra anual de negocio - Presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el licitador estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las
depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrita. Los licitadores individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios legalizados, certificados de las declaraciones del I.R.P.F., o certificados de las declaraciones del IVA.
Para las empresas de nueva creación se estará a lo indicado en el párrafo tercero
del art. 86.1 que dispone que “cuando por una razón válida, el operador económico
no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio
de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado”. En este
caso, el supuesto de empresas de nueva creación que carezcan de los medios de
acreditación anteriormente referidos, deberán aportar declaración censal de comienzo de actividad, así como, un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que, el
banco o entidad financiera que emite el informe conoce las condiciones del contrato
y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas
derivadas del mismo.
No obstante, A efectos de participar en esta licitación bastará con la firma de la Declaración responsable que se le adjunta como Anexo 1
Umbral: 70247
Periodo: 3 últimos años
Expresión: euros