Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará indistintamente mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato (Grupo k Subgrupo 6 Categoría 2), con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma o mediante la relación de las obras ejecutadas correspondiente al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El periodo para tener en consideración las obras realizadas será el de los cinco últimos años.
Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 114.962,78€
Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 5 años en el objeto de la presente licitación.
Se acreditará la solvencia con un mínimo de un (1) trabajo similar en objeto, contenido e importe.