Trabajos realizados - La solvencia técnica se justificará aportando una relación de las obras ejecutadas durante los
últimos cinco años referentes a construcción, renovación, reforma o actualización de campos de
fútbol; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el
órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Respecto de las
empresas mixtas, se estará al criterio establecido en el artículo 3.1 h). Por otra parte, cuando el
destinatario sea un sujeto privado, la acreditación se realizará mediante un certificado/ declaración
emitido por éste.
Solvencia mínima: se entenderá cumplido el requisito de solvencia si se acredita haber ejecutado en
los últimos cinco (5) años: dos (2) contratos de obras de igual o similar naturaleza al que es objeto
de este contrato, teniendo cada uno de ellas, por lo menos, un importe no inferior al 70% del valor
estimado del contrato, esto es,52.066,11 euros.