Cifra anual de negocio - Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos igual o superior a 173.923,35 euros.
El volumen anual de negocios deberá acreditarse por medio de las cuentas anuales del licitador aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Para su acreditación será necesario aportar una certificación de dicho registro o documento equivalente que permita comprobar que efectivamente han sido depositadas en el mismo.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En base a lo que establece el art. 87.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, en todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario