Trabajos realizados - Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del
artículo 90.4 LCSP: NO.
Relación de al menos dos referencias de SERVICIOS efectuados en el curso de los tres últimos años,
correspondientes al mismo tipo o naturaleza del contrato. Criterio de selección: El importe anual
acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70% del valor estimado del contrato,
o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado. Forma de acreditación: avalados por
certificado de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario
sea una entidad pública, y mediante certificado o declaración del empresario cuando sea privado
(además se incluirá una tabla resumen de los trabajos en la que se indique: objeto, entidad o empresa contratante, plazo de ejecución, importe –con IVA-, y observaciones)
VER APARTADO G DEL CUADRO RESUMEN DEL PCAP.
CON LA PRESENTACION DEL DEUC ESTA DECLARANDO QUE CUMPLE CON TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCION REQUERIDOS. EN CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO SE LE EXIGIRA LA ACREDITACION DE LA DOCUMENTACION QUE SE INDICA PARA ESTE CRITERIO