Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la
prestación. Como mínimo el importe ejecutado en uno de los años de la relación anterior deberá ser
igual о superior al 70% del valor estimado del contrato. (122.500,00 €).
Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato - Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una
antigüedad inferior a cinco años, podrá optar por acreditar su solvencia técnica por los medios indicados para el resto de las empresas o bien acreditando la disposición de al menos 3 vehículos que reúnan estas características: suspensión neumática, carrocería con aislamiento térmico, trampillas elevadoras, paredes interiores con sistemas de agarre, sistemas de control de temperatura y humedad controlables desde la cabina y con registro de datos, sistemas de alarma y extinción de incendios controlable desde la cabina, sistemas de alarma contra intrusión y capacidad para acomodar a un correo además de a los dos conductores.