1. Adjudicar el contrato de servicios tramitado por procedimiento abierto titulado “Gestión de un Espacio de Igualdad en San Blas” a DELFO, DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., con NIF número B-80185838, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación en fecha 26 de diciembre de 2018 efectuada con base en el informe técnico de valoración de ofertas de fecha 26 de diciembre de 2018, por ser el empresario que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El contrato se adjudica en el precio de 442.032,00 euros, al que corresponde por IVA la cuantía de 44.203,20 euros, totalizando el precio de adjudicación del contrato 486.235,20 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/028/231.01/227.99 o equivalente del presupuesto municipal, con la consiguiente adecuación de anualidades, atendiendo a la nueva fecha prevista de inicio el 1 de marzo de 2019, de conformidad con el artículo 28.6 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2019, que se distribuye en las siguientes anualidades y cuantías:
Anualidad Cuantía
2019 182.338,20 euros
2020 243.117,60 euros
2021 60.779,40 euros
ASPECTOS SOCIALES: ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES LABORALES Y FORMACIÓN EN EL LUGAR DE TRABAJO.
A) Cláusula social: Estabilidad laboral y mantenimiento de las condiciones laborales
Mantener al personal exigido para la prestación objeto del contrato contenido en el pliego de prescripciones técnicas, por la definición de las condiciones exigidas por el órgano gestor para la prestación del servicio, en las mismas condiciones contenidas en su contrato de trabajo.
B) Cláusula social: Formación en el lugar de trabajo
Realizar durante la ejecución del contrato, como mínimo un número de tres acciones de sensibilización y formación, de duración mínima de tres horas cada una, con la plantilla adscrita a su ejecución acerca de los derechos en materia de igualdad y conciliación recogidos en la normativa vigente y en el convenio de empresa o convenio colectivo del sector correspondiente. Adjuntan planificación de las acciones de sensibilización y formación.
2.- El Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social es aplicable a las personas trabajadoras que realizan la actividad objeto del contrato, estando sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigente en materia laboral y de seguridad social en el trabajo.