Descripción El articulo 168.a) 1 de la Ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del Sector Publico (LCSP), permite acudir al procedimiento negociado sin publicidad, cuando no se haya presentado ninguna oferta en un procedimiento abierto, siempre que las condiciones iniciales, en este caso en el Acuerdo Marco, no se modifiquen sustancialmente.