Otros - De acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima del PCAP, apartado 11.2 , Sobre nº 1, punto 4º, se entenderá que la solvencia queda justificada con la presentación de la siguiente documentación:
- Identificación del propietario de la vivienda, mediante copia cotejada de la escritura pública de adquisición de la vivienda y nota simple expedida por el Registro de la Propiedad, con una antelación máxima de 2 meses, en la que se haga constar que la vivienda que se ofrece se encuentra debidamente inscrita a nombre del vendedor.
- Certificación catastral gráfica y descriptiva del inmueble y titularidad catastral. En caso de discordancia entre la titularidad catastral y registral deberá justificarse el motivo que permita el cambio de la titularidad catastral.
- Declaración responsable de que la vivienda está libre de cargas y gravámenes, así como libre de arrendamientos, ocupantes y precaristas; y que no existe pendencia judicial alguna sobre la titularidad o el derecho de ocupación y uso de la vivienda. Así mismo, que la vivienda se encuentra al corriente de pago de suministros, tales como gas, agua, electricidad y tributos municipales, conforme al Anexo III del presente Pliego.
- Certificado del Presidente y/o Administrador de la Comunidad de Propietarios en el que acredite que el propietario de la vivienda está al corriente de la cuota y gastos de la Comunidad; aportando copia compulsada de los estatutos o normas que regulan el régimen de la propiedad horizontal.
- Licencia de primera o segunda ocupación vigentes o, en su caso, el alta de suministros de electricidad, agua y gas, si dispone de éste último servicio, aportando copia compulsada que acredite el pago de los recibos de los dos últimos meses.
- Certificado de eficiencia energética.