- Capacidad de obrar
- Sólo podrán contratar con la Diputación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y, financiera y técnica o profesional en la forma establecida en el presente pliego o, en los casos en que sea procedente, se encuentren debidamente clasificadas.
Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. La acreditación de los datos relativos a la personalidad jurídica y a la capacidad de obrar podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo Anexo 4 del PCAP.
- No prohibición para contratar
- Los candidatos o licitadores no podrán estar incursos, a la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones, en ninguna de las prohibiciones para contratar con el sector público establecidas en el artículo 71 LCSP. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo Anexo 4 del PCAP.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Los licitadores deberán declarar que no se hallan incursos en alguna causa de incompatibilidad, especialmente cuando, habiendo participado en la elaboración de las prescripciones técnicas y/o en alguna consulta preliminar de mercado objeto del presente contrato, su participación pueda falsear u obstaculizar una efectiva competencia. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo Anexo 4 del PCAP.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, lo cual se acreditará mediante certificación expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, pudiendo serlo por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo Anexo 4 del PCAP.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Los licitadores deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con las Haciendas Estatal, autonómica y local, desde la finalización del plazo de presentación de ofertas hasta la adjudicación del contrato. Su cumplimiento se acreditará mediante certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, que podrá obtenerse mediante autorización de cesión de información según Anexo nº 4 o, en su caso, declaración responsable de no estar obligado a presentarla. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Esta documentación podrá suplirse por la autorización, que consta en el Anexo nº 4 de este PCAP, por la que se autoriza al órgano de contratación a obtener de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo Anexo 4 del PCAP.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo que se facilita en el PCAP.
- Trabajos realizados
- En el supuesto de que se exija clasificación o el contratista pretenda acreditar su solvencia técnica o profesional mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en el apartado H del cuadro resumen del contrato.
En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, la solvencia técnica o profesional se acreditará por los medios del artículo 90.1 de la LCSP que se señalan a continuación:
Contar al menos con 3 referencias de trabajos iguales o similares al objeto del contrato que hayan gestionado fondos procedentes de las Instituciones de la Union Europea , cuyo importe acumulado sea igual o superior al valor anual medio del contrato , es decir de 78.885,62 € , realizado como máximo en los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este y ademas habrá de acompañarse mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación (ANEXOnº9 DECLARACIÓN RESPONSABLE SOLVENCIA TÉCNICA SOBRE LOS PROYECTOS PRESENTADOS).
Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV así como a otros servicios de consultoría y asesoramiento para la obtención de ayudas de naturaleza similar a las ayudas objeto del contrato, como por ejemplo , otros Fondos Estructurales y de Inversión Europeos , gestionados conjuntamente por la Comisión Europea y los países de la UE.
Umbral: 78885.62
Periodo: Mejor año, últimos 3 años
Expresión: Euros en trabajos realizados