Motivación Cumple con las condiciones indicadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Si bien la “mejor oferta” resultó ser la formulada por la entidad SERVICIOS DE EMERGENCIAS MEDICAS DE CASTELLÓN, S.L., no fue posible formalizar el contrato por causas imputables al entonces adjudicatario, procediendo el Órgano de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 153.4 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, a recabar la documentación prevista en el artículo 150.2 de la misma norma al licitador siguiente en el orden de clasificación de ofertas, siendo DIAVIDA S.L.