Vista el acta de la Mesa de Contratación de fecha 7 de junio de 2019, que en
base a las puntuaciones obtenidas, propone la adjudicación del contrato
SERVICIO REPRESENTANTE DE VERBENAS MUSICALES PARA LAS
ACTUACIONES A CELEBRAR DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES 2019
DE ESPINOSA DE LOS MONTEROS. al único licitador que ha presentado
oferta , siendo éste ARTISTAS Y ORQUESTAS SL, CIF: B-09553876
Visto que por ARTISTAS Y ORQUESTAS SL se presenta en tiempo y forma la
documentación que le es requerida con carácter previo a la adjudicación del
contrato y de conformidad con lo dispuesto en la clausula 22 del PCAP y
disposición adicional segunda de la LCSP 9/2017
RESUELVO
PRIMERO. Adjudicar el contrato SERVICIO REPRESENTANTE DE
VERBENAS MUSICALES PARA LAS ACTUACIONES A CELEBRAR
DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES 2019 DE ESPINOSA DE LOS
MONTEROS a ARTISTAS Y ORQUESTAS SL, CIF: B-09553876
SEGUNDO. Que las actuaciones objeto de este contrato son las siguientes:
14 AGOSTO 2019: ORQUESTA TOTEM
6 SEPTIEMBRE 2019: ORQUESTA SUPER HOLLYWOOD
7 SEPTIEMBRE 2019: ORQUESTA CASTING
9 SEPTIEMBRE 2019: ORQUESTA JAQUE MATE
10 SEPTIEMBRE 2019: CAMIÓN RÍGIDO + ALFONSO PAHINO
TERCERO. Que el precio del contrato asciende a las siguientes cantidades:
BASE IMPONIBLE : Treinta y Cinco Mil Trescientos Euros (35.300 Euros)
IVA al 21% : Siete Mil Cuatrocientos Trece Euros (7.413 Euros)
TOTAL : Cuarenta y Dos Mil Setecientos Trece Euros (42.713 Euros)
CUARTO. Que ARTISTAS Y ORQUESTAS SL prestará sin incremento del
precio las mejoras a que se obligó con ocasión de la licitación, siendo éstas:
GAITEROS EL VIENTU AL SULLAR (en día a concretar por el Ayuntamienyto
de Espinosa de los Monteros)
ESPECTÁCULO INFANTIL TIC TAC (10 septiembre 2019)
QUINTO. Lo dispuesto tanto en el PCAP (Pliego de Clausulas Administrativas
Particulares) como en el PPT (Pliego de Prescripciones Técnicas) tiene
carácter contractual y vinculante para las partes. Para todo aquello no
dispuesto ni en el contrato ni en los mencionados pliegos, será de aplicación la
LCSP 9/2017 y demás normativa de carácter contractual, acudiéndose en
última instancia al derecho civil.
SEXTO. La presente resolución se notificará al adjudicatario
SÉPTIMO. La formalización del contrato se publicará en el Portal de
Contratación del Estado.
OCTAVO. Se dará cuenta de la presente resolución en la siguiente sesión
plenaria de carácter ordinario que tenga lugar.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Javier Fernández Gil Varona, en fecha de
firma electrónica. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.