PRIMERO.- De conformidad con la propuesta de la Mesa de Contratación, adjudicar el
contrato de servicio denominado EXPTE. 2284/2024 «Encuentro de Mayores 2024 –
Alajeró» a el autónomo EXIBENILDE MARIÑO BAYAS REAL PRINT PUBLICIDAD con
NIF 51207035L, al tratarse de la única licitadora y cumplir con los requisitos exigidos,
por el precio (sin IGIC) de CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO TREINTA EUROS CON
OCHENTA CÉNTIMOS (128.130,80€) e IGIC OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
NUEVE EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS (8.969,15) y por las mejoras que se detallan a
continuación, siendo el plazo de ejecución de TRES (3) DÍAS NATURALES:
- Un inodoro grande y un inodoro pequeño.
- Se incorpora una ambulancia de soporte básico y otra de soporte vital avanzado.
- Se incorporan 2 personas para el personal de limpieza.
- Se incorporan 3 sillas de ruedas para la movilidad de las personas mayores.
- Se incorporan cámaras para imágenes en directo para las pantallas.
- Se añaden 2 pantallas LED de 3x2
- Servicio de grabación en directo y entrega en pendrive.
- Servicio de streaming
SEGUNDO.- La presente Resolución de adjudicación se deberá publicar en la Plataforma
de contratación del Estado y notificar al adjudicatario
TERCERO.- El presente contrato deberá formalizarse en documento administrativo y a tales
efectos se requiere por medio de la presente al adjudicatario para proceder a su firma el día
JUEVES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2024, a las trece horas, a tráves del Programa Gestiona.
De acuerdo con la disposición adicional tercera, apartado tercero de la de la Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24
/UE, de 26 de Febrero de 2014, en concordancia con el Real Decreto 424/2017, de 28 de
abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector
Público Local, con carácter previo a que se dicte la Resolución que proceda sobre la
aprobación del gasto, se remitirá el expediente completo a los Servicios de Intervención, a
los efectos de la intervención de la aprobación/disposición/compromiso de gasto.
CUARTO.- Que, igualmente, una vez formalizado el contrato, se proceda a su remisión, en
los términos preceptuados en los art. 63.3, 346.3, y 335.1 de la LCSP, a la Plataforma de
Contratación del Estado, al Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la
Comunidad Autónoma, al Registro de Contratos del Sector Público y al Portal del
Transparencia, éste último recogido en la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.