Seguro de indemnización - La disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato (62.232€), así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.
La citada póliza podrá ser sustituida por la correspondiente "propuesta de seguro" de idéntica naturaleza, la cual deberá formalizarse con original o copia autenticada del recibo y la póliza correspondiente, dentro del plazo de cinco días, en el caso de resultar adjudicataria, para su incorporación al expediente antes de la formalización del contrato.