Trabajos realizados - La solvencia técnica del empresario se acreditará por los siguientes medios:
a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución, los cuales indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras.
b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras.
c) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras.