Trabajos realizados - b) El licitador acreditará su solvencia técnica con la aportación de los siguientes medios:
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que
incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados
por el órgano competente. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un
certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del
empresario.
En caso de uniones temporales de empresas, todas las empresas integrantes de la UTE deben
acreditar que como mínimo están prestando o han prestado en los últimos tres años servicios
de gestión relacionados con el objeto del contrato.
En cumplimiento del artículo 78.a) TRLCSP, los documentos solicitados para acreditar la
solvencia técnica deben incluir necesariamente:
• Ubicación geográfica y población de los municipios.
• Fechas de inicio y finalización de los contratos.
Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la
ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa
pertinente.
En el caso de que la información requerida sobre la solvencia no se presente en los concretos
términos fijados por el presente Pliego y sea completa, no será tenida en cuenta por la Mesa
de Contratación.
En el caso de que la Mesa de Contratación considere que alguna de las empresas licitadoras no
acredita convenientemente alguna de las cuestiones anteriores, podrá solicitar la subsanación
de la documentación presentada, concediéndole un plazo de tres días hábiles para dicha
subsanación; en caso de no presentarse la misma, se entenderá no justificada la solvencia
económica, financiera y/o técnica o profesional, y por tanto, su propuesta será excluida de la
licitación.
Para acreditar la solvencia exigida en este Pliego, el empresario podrá basarse en la solvencia y
medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que
tenga con ellas , siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone
efectivamente de esos medios , en virtud del artículo 63 del TRLCSP.