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Documento de Pliegos

Número de Expediente CP1906
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 22-03-2019 a las 11:50 horas.

Retejado de edificio municipal en Calle Segovia 12 y 14 de El Espinar.

  • Valor estimado del contrato
    72.332,02 EUR.
  • Importe
    80.364,59 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    66.417,02 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 3 Mes(es)
      • Observaciones: El cómputo del plazo se iniciará desde el día siguiente al de la fecha del acta de comprobación del replanteo, si la Administración autoriza el inicio de la obra.
  • Tipo de Contrato
    Obras
  • Subtipo
    Construcción
  • Lugar de ejecución
    ES416 Segovia Calle Segovia, números 12 y 14, de El Espinar (Segovia). El Espinar
  • Clasificación CPV
    • 45261910 - Reparación de tejados.

Proceso de Licitación

  • Procedimiento
    Abierto simplificado
  • Tramitación
    Ordinaria
  • Presentación de la oferta
    Manual
  • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
    : No
  • Reducción de candidatos en fases sucesivas : No

Entidad Adjudicadora

Dirección Postal
  • Plaza de la Constitución, 1
  • (40400)
    El Espinar
    España
  • ES416
Contacto
  • Correo Electrónico
    contratacion@aytoelespinar.com

Proveedor de Pliegos

  • Alcaldia del Ayuntamiento de El Espinar

Plazo de Obtención de Pliegos

  • Hasta el 11/04/2019 a las 12:00
Dirección Postal
  • Plaza de la Constitución, 1
  • (40400)
    El Espinar
    España

Proveedor de Información adicional

  • Alcaldia del Ayuntamiento de El Espinar
Dirección Postal
  • Plaza de la Constitución, 1
  • (40400)
    El Espinar
    España

Recepción de Ofertas

  • Registro del Ayuntamiento de El Espinar
Dirección Postal
  • Plaza de la Constitución, 1
  • (40400)
    El Espinar
    España
Contacto
  • Correo Electrónico
    contratacion@aytoelespinar.com

Plazo de Presentación de Oferta

  • Hasta el 11/04/2019 a las 14:00
    • Observaciones: En soporte papel exclusivamente en el registro del Ayuntamiento en horario de 9,00 a 14,00 horas, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante.

Apertura de Ofertas Económicas y Documentación

Apertura de Ofertas Económicas

Apertura de sobres

  • Apertura sobre oferta económica
  • Dentro de los tres días hábiles siguientes al fin del plazo de presentación de ofertas.
Lugar
  • Ayuntamiento de El Espinar
Dirección Postal
  • Plaza de la Constitución 1
  • (40400)
    El Espinar
    España

Tipo de Acto :
Público


Objeto del Contrato
: Retejado de edificio municipal en Calle Segovia 12 y 14 de El Espinar.

  • Valor estimado del contrato
    72.332,02 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      80.364,59 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      66.417,02 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 45261910 - Reparación de tejados.
  • Plazo de Ejecución
    • 3 Mes(es)
      • Observaciones: El cómputo del plazo se iniciará desde el día siguiente al de la fecha del acta de comprobación del replanteo, si la Administración autoriza el inicio de la obra.
  • Lugar de ejecución
    • Calle Segovia, números 12 y 14, de El Espinar (Segovia).
    • Subentidad Nacional
      Segovia
    • Código de Subentidad Territorial
      ES416
    • Dirección Postal
      • Segovia, 12-14
      • (40400)
        El Espinar
        España

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se utilizará pedido electrónico : No
    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Condiciones especiales de ejecución de Contrato
      • Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer - De acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP se establece como cláusula especial de ejecución del contrato que la empresa adjudicataria habrá de acreditar durante la ejecución del contrato que mantiene una política salarial no discriminatoria por sexo.

    Condiciones de Licitación

    Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %

    Requisitos de participación de los licitadores

    • Titulo habilitante
      Habilitación empresarial o profesional
    • Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Están facultadas para tomar parte en esta licitación y contratar con el Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, con plena capacidad de obrar, no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias o prohibiciones del artículo 71 de la LCSP y puedan acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. En el supuesto de uniones temporales de empresarios, cada uno de éstos deberá reunir los requisitos señalados. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si las prestaciones que conforman éste están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Tendrán capacidad para contratar con el Ayuntamiento las empresas no españolas de Estados miembros de la UE que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando tal legislación exija a las empresas una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización, deberán acreditar el cumplimiento de tal requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar, mediante informe de la correspondiente Misión Diplomática Permanente Española, que el Estado de procedencia de la empresa admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma análoga. No se exigirá la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público para participar en este procedimiento. En el supuesto de una unión temporal de empresas, las integrantes de la misma deberán aportar la documentación referida a cada una de ellas y tendrán en cuenta que la constitución de la unión temporal en escritura pública deberá realizarse respetando el límite que supone el plazo previsto para la formalización del contrato, sin perjuicio de la posibilidad de aportar la certificación del registro de licitadores de la entidad. La capacidad de obrar de los empresarios personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documentación de constitución y los estatutos en vigor o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en el Registro Público que corresponda, en su caso y según el tipo de persona jurídica de que se trate. El licitador que sea persona natural deberá aportar copia compulsada del DNI.
      • No prohibición para contratar
        - La prueba de que el empresario no está incurso en prohibición de contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y en su defecto mediante declaración responsable del empresario o de su representante, formulada ante el Ayuntamiento, notario público u organismo profesional cualificado, comprensiva de los siguientes extremos: a) Que la empresa y sus administradores no están incursos en prohibición alguna para contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público. b) Que la empresa está inscrita, si es persona jurídica, o afiliada, si es persona natural en la Seguridad Social, que ha afiliado y dado de alta a sus trabajadores y que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. c) Que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tanto estatales como autonómicas como con el Ayuntamiento de Gozón y que está dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el correspondiente epígrafe. En el caso de empresas de Estados miembros de la Unión Europea, la prueba de no estar incursos en prohibiciones de contratar podrá sustituirse por una declaración responsable ante una autoridad judicial, siempre que esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo.
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - En el caso de una empresa extranjera, además de la documentación reseñada en los apartados anteriores, deberá presentarse declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, así como con justificante de disponer de sucursal abierta en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Trabajos realizados
        - De conformidad con el art. 88.1 a) de la LCSP, la solvencia técnica del empresario se acreditará mediante la presentación de una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, acompañada de certificados de buena ejecución de las mismas, de forma que en el citado periodo ha realizado al menos una obra semejante a la que se licita. No obstante, por aplicación del art. 88.2 LCSP, las empresas de antigüedad inferior a 5 años podrán acreditar su solvencia técnica mediante la presentación de declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico de que se dispondrá para la ejecución de las obras. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley de Contratos del Sector Público, las empresas clasificadas, podrán sustituir la acreditación de la solvencia técnica, económica y financiera por certificado o copia autorizada del mismo acreditativo de disponer de clasificación en vigor en el Grupo C, Subgrupo 4, categoría 2. Los documentos a que se refiere este apartado pueden presentarse en original o mediante copia de los mismos autenticada por Notario o cotejada por el Ayuntamiento. En el caso de que la empresa esté inscrita en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla y León o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado podrán sustituir la presentación de la documentación referida por certificado emitido por tales Registros, junto una declaración responsable de que no han variado los datos que en él constan.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Seguro de indemnización
        - De conformidad con el art. 87.1 b) de la LCSP, la solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante la presentación de póliza o certificado de seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por importe superior a 250.000 €.

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre único
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa y criterios cuantificables automáticamente
    • Evento de Apertura
      Apertura de sobres
    • Descripción
      Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un único sobre cerrado, firmado por el candidato y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en el que se hará constar la y la leyenda “Proposición para licitar a la contratación de las obras de retejado de edificio municipal en C/ Segovia 12 y 14” El sobre incluirá: 1. Declaración responsable relativa al cumplimiento de las condiciones de capacidad y solvencia, según el siguiente modelo que se recoge en el Anexo 1 2. Proposición económica, que se ajustará al modelo que se recoge como Anexo 2.

    Condiciones de adjudicación

      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • En el caso de que 2 ó más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, se adjudicará el contrato a la empresa que hubiere ofertado el menor importe para la ejecución de las obras incluidas en el proyecto. En caso de persistir el empate, se aplicarán los criterios del art 147.2 LCSP.
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 100
      • Garantía adicional. Se concederá hasta un máximo de 10 puntos a razón de 2 puntos por cada año de garantía adicional ofertado sobre el plazo de 1 año previsto en el proyecto.
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
      • Mejoras. Ejecutar, además de las obras incluidas en el proyecto y sin coste adicional para el Ayuntamiento, las obras de ejecución de un falso techo situado debajo de la cubierta restaurada (con una superficie aproximada de 350 m2), según las siguientes especificaciones: M2 techo continuo fijo formado por una placa de cartón yeso de 15mm de espesor, atornillada a estructura metálica de acero galvanizado de maestras primarias 60x27x0,6mm moduladas a 1000mm y fijadas a estructura de madera existente, incluso parte proporcional de tornillería, pasta de juntas y fijaciones, totalmente acabado.
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 20
      • Oferta más baja, asignándose la totalidad de los puntos a la más baja de las presentadas y puntuándose las demás proporcionalmente al precio ofertado en cada caso.
        • Subtipo Criterio : Precio
        • Ponderación : 70

    • Se aceptará factura electrónica

    Subcontratación permitida
    • Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a tercero, debiendo cumplirse los requisitos previstos en la LCSP, y quedando el cesionario subrogado en todos los del cedente.