- Capacidad de obrar
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- No prohibición para contratar
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Trabajos realizados
- La solvencia deberá acreditarse por uno o varios de los medios descritos conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Técnicos o unidades técnicas
- La solvencia deberá acreditarse por uno o varios de los medios descritos conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Medidas de gestión medioambiental
- La solvencia deberá acreditarse por uno o varios de los medios descritos conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad
- La solvencia deberá acreditarse por uno o varios de los medios descritos conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Control por la entidad contratante sobre la capacidad del empresario
- La solvencia deberá acreditarse por uno o varios de los medios descritos conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
- La solvencia deberá acreditarse por uno o varios de los medios descritos conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
- La solvencia deberá acreditarse por uno o varios de los medios descritos conforme a la cláusula 8ª del PCAP. La inscripción en el ROLECE lo acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.