Otros - LOTE 1.
La solvencia técnica se acreditará mediante la EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SUMINISTROS DEL MISMO TIPO O NATURALEZA AL QUE CORRESPONDE EL OBJETO DE ESTE CONTRATO, experiencia que se acreditará mediante la relación de los principales suministros realizados por el licitador en el curso de los cinco últimos años (2012, 2013, 2014, 2015 y 2016) y que vendrá avalada por certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Podrá utilizarse el modelo recogido en el anexo 4. El requisito mínimo es que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los citados sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato incluyendo el importe de los posibles modificados, es decir, igual o superior a 153.970,75 euros, I.V.A. 21% incluido.
LOTE 2.
La solvencia técnica se acreditará mediante la EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SUMINISTROS DEL MISMO TIPO O NATURALEZA AL QUE CORRESPONDE EL OBJETO DE ESTE CONTRATO, experiencia que se acreditará mediante la relación de los suministros efectuados por el licitador en el curso de los cinco últimos años (2012, 2013, 2014, 2015 y 2016) y que vendrá avalada por certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Podrá utilizarse el modelo recogido en el anexo 4. El requisito mínimo es que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los citados sea igual o superior al 70% dela anualidad media del contrato incluyendo el importe de los posibles modificados, es decir, igual o superior a 94.127,70 euros, I.V.A. 21% incluido.