CONSIDERANDO, QUE:
En el Informe técnico elaborado por la Comisión técnica designada para la revisión del cumplimiento por parte de los licitadores de las prescripciones técnicas mínimas del PPT, queda acreditado el incumplimiento de las mismas por parte de la empresa DINOTEC SOCIEDAD DE AGUAS Y MEDIO AMBIENTE, S.L., en el párrafo que se extracta a continuación:
El apartado 2.2 del Pliego de prescripciones técnicas establece que deberá reunir las características y especificaciones detalladas en el mismo, donde se establece en su apartado 2.2.6 referente a las características técnicas de los equipos principales, que la membrana de ultrafiltración debe de tener un grado de filtración máxima de 0,05 micras. El ofertante adjunta ficha técnica de la membrana de ultrafiltración, modelo SCINOR SMT600-P40, donde se indica que el tamaño de poro es de 0,1 micras. Por tanto se concluye que la empresa DINOTEC SOCIEDAD DE AGUAS Y MEDIO AMBIENTE, S.L, no cumple el requisito de grado de filtración máxima de la membrana de ultrafiltración, establecido en 0,05 micras, ya que oferta un tamaño de poro de 0,1 micras, claramente mayor.
• Con fecha 3 de septiembre de 2019, con registro de salida nº 176, se da respuesta mediante notificación electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Público a las alegaciones planteadas por parte de DINOTEC SOCIEDAD DE AGUAS Y MEDIO AMBIENTE, S.L. en su escrito con registro de entrada nº138, en la que se ratifica por parte de este Órgano de contratación la exclusión propuesta por la Mesa de contratación.
• La propuesta que cumple con todas las prescripciones técnicas mínimas exigidas en la cláusula 2.2. del PPT es la presentada por la licitadora SETA, SOCIEDAD ESPAÑOLA DE TRATAMIENTO DE AGUA, S.L., y ha aportado en plazo, previo requerimiento, toda la documentación exigida, incluyendo la Garantía definitiva, la documentación acreditativa de capacidad de obrar, personalidad y representación, de solvencia económica, financiera y técnica, y los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los pliegos.
• Las atribuciones conferidas para la adjudicación y firma del presente contrato, en virtud del Pliego de cláusulas administrativas particulares, corresponden al Órgano de contratación, en concreto a la Gerencia del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A.; a tal efecto, por la misma se acuerda lo siguiente:
PRIMERO: Adjudicar a la empresa licitadora SETA, SOCIEDAD ESPAÑOLA DE TRATAMIENTO DE AGUA, S.L., la contratación denominada “Suministro con instalación y puesta en marcha de una planta potabilizadora de 1000 L/H adaptada para atender emergencias y con fines de demostración en las instalaciones del ITC en Pozo Izquierdo, en el marco del proyecto CLIMARISK”, cofinanciado en un 85% en el marco del Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, acción encuadrable dentro del Eje 3: Promover la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos, expediente 0611/2019, por un importe total de 20.000,00 € (VEINTE MIL EUROS CON CERO CÉNTIMOS), IGIC excluido, al resultar su oferta la de mejor calidad-precio por aplicación de los criterios establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares para este procedimiento y ser la única que cumple con todos los requerimientos técnicos mínimos exigidos en el PPT.
SEGUNDO: Notificar al adjudicatario el presente Acuerdo de adjudicación, y publicar el mismo en la Plataforma de Contratación del Sector Público.