Pago de cotizaciones a la seguridad social - No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que
reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no
cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con
discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que
reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no
cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el
artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y
hombres.