Objeto del Contrato
: Contrato de servicio para la realización de análisis físico-químicos químicos y microbiológicos en muestras de agua de consumo humano
Descripción del procedimiento El objeto del presente contrato es la prestación de los siguientes servicios:
- Realización de los análisis para el control de la calidad de las aguas de consumo humano que gestiona el Ayuntamiento de Agulo, planificados,
ajustándose en todo momento a lo establecido en la normativa vigente, a nivel nacional y autonómico y a la Planificación Analítica y Protocolo de Autocontrol del Ayuntamiento de Agulo, vigente en cada momento, que le será comunicado al inicio del contrato o siempre que por razones del servicio se modifique.
- El suministro de los envases necesarios para la realización de un correcto transporte de las muestras. La toma de las muestras será realizado por personal propio del Ayuntamiento.
- Realización y presentación de “boletines de análisis” con los resultados de los ensayos de laboratorio realizados, así como los ficheros de intercambio XML.
- Asesoramiento técnico para el control analítico de calidad de las aguas e interpretación de resultados.Valor estimado del contrato 65.622 EUR.
Presupuesto base de licitación- Importe
52.661,66 EUR.
- Importe (sin impuestos)
49.216,5 EUR.
Clasificación CPV90714500 -
Servicios de control de la calidad medioambiental.
71620000 -
Servicios de análisis.
71900000 -
Servicios de laboratorio.
Plazo de EjecuciónLugar de ejecución T.M. Agulo
- Subentidad Nacional
- Código de Subentidad Territorial
ES70
Dirección Postal
Opciones y prórrogas
- Número máximo de prórrogas:
1
- Prórrogas:
Se admite la prórroga por el plazo de un (1) año
- Opciones:
El contrato podrá prorrogarse por un período de un (1) año, permaneciendo inalterables durante el período de duración de esta prórroga las características del contrato, sin perjuicio de las modificaciones que se puedan introducir de conformidad
con lo establecido en los artículos 203 a 207 de la LCSP. La prórroga se acordará
por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su
preaviso se produzca al menos con dos (2) meses de antelación a la finalización del
plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes.
Condiciones de ejecución del contrato
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- Se aceptará factura electrónica : Sí
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