Cifra anual de negocio - El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera, será el volumen anual de negocios del licitador, que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser, al menos, una vez y media la suma de los valores anuales medios de los lotes del contrato a los que se licite.
El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Con la acreditación de su volumen de negocio, los licitadores garantizarán la capacidad financiera necesaria para poder ejecutar el contrato.