- Capacidad de obrar
- Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en el Anexo I al PCAP.
- Preferencia para empresas con personas con discapacidad
- Declaración responsable relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
- No prohibición para contratar
- Las empresas naturales o jurídicas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 73 de la LCSP.
- No estar incurso en incompatibilidades
- No estar incurso en incompatibilidades.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias.