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Anuncio de licitación

Número de Expediente 300/2021/00065
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 01-06-2021 a las 14:22 horas.

Suministro de aparatos de electromedicina para la Subdirección General de SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

Contrato Sujeto a regulación armonizada
Si

  • Directiva de aplicación
    Directiva 2014/24/EU - sobre Contratación Pública
  • Valor estimado del contrato
    727.210 EUR.
  • Importe
    879.924,1 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    727.210 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 2 Mes(es)
      • Observaciones: Fecha prevista de Inicio: 01 de septiembre de 2021, o desde la formalización del contrato siempre que ésta se produzca en fecha posterior
  • Tipo de Contrato
    Suministros
  • Subtipo
    Adquisición
  • Lugar de ejecución
    ES300 Madrid se entregarán para su recepción en el interior del Almacén de Base 0, sito en Ronda de las Provincias, 7 (Madrid) Madrid
  • Clasificación CPV
    • 33195000 - Sistema de monitorización de los pacientes.
    • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.

    Proceso de Licitación

    • Procedimiento
      Abierto
    • Tramitación
      Ordinaria
    • Presentación de la oferta
      Electrónica
    • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
      : No
    • Sistema de Contratación
      No aplica
    Nº de Lotes: 6
    • Se debe ofertar:
      A uno o varios lotes
    • Número máximo de lotes a los que se puede presentar:
      6
    • Número máximo de lotes que se puede adjudicar a un licitador:
      6

    Entidad Adjudicadora

    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España
    • ES300
    Contacto
    • Correo Electrónico
      agssyecontratacion@madrid.es

    Proveedor de Pliegos

    • Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

    Plazo de Obtención de Pliegos

    • Hasta el 21/06/2021 a las 14:00
    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España
    Contacto
    • Teléfono
      +34 915889257
    • Correo Electrónico
      agssyecontratacion@madrid.es

    Proveedor de Información adicional

    • Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Recepción de Ofertas

    • Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España
    Contacto
    • Correo Electrónico
      agssyecontratacion@madrid.es

    Plazo de Presentación de Oferta

    • Hasta el 21/06/2021 a las 14:00

    Apertura de Ofertas Económicas y Documentación

    Apertura de Ofertas Económicas

    Mesa de Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes

    • Apertura sobre oferta económica
    • El día 30/06/2021 a las 10:00 horas
    • Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes

    Tipo de Acto :
    Privado

    • Condiciones para la asistencia : En entorno digital

    Otros eventos

    Mesa de apertura del sobre de documentación administrativa

    • Apertura sobre administrativa
    • El día 23/06/2021 a las 10:00 horas
    • Apertura de calificación de documentación administrativa del cumplimiento de requisitos previos

    Tipo de Acto :
    Privado

    • Condiciones para la asistencia : En entorno digital

    Subasta electrónica

    • Se adjudicará mediante subasta electrónica
      : No

    Información del Anuncio Previo en Diarios

      Publicación en el DOUE

      • Fecha de envío
        22/02/2021

    Información del Anuncio de Licitación en Diarios


    Objeto del Contrato
    : Suministro de aparatos de electromedicina para la Subdirección General de SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

  • Valor estimado del contrato
    727.210 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      879.924,1 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      727.210 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 33195000 - Sistema de monitorización de los pacientes.
    • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.
  • Plazo de Ejecución
    • 2 Mes(es)
      • Observaciones: Fecha prevista de Inicio: 01 de septiembre de 2021, o desde la formalización del contrato siempre que ésta se produzca en fecha posterior
  • Lugar de ejecución
    • se entregarán para su recepción en el interior del Almacén de Base 0, sito en Ronda de las Provincias, 7 (Madrid)
    • Condiciones
      El adjudicatario debe realizar la descarga y traslado al mismo. El horario de entrega será, en días laborales, entre las 9.00 y las 13.00 horas
    • Subentidad Nacional
      Madrid
    • Código de Subentidad Territorial
      ES300
    • Dirección Postal
      • Ronda de las Provincias 7
      • (28011)
        Madrid
        España

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se utilizará pedido electrónico : No
    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Se utilizará el pago electrónico : No
    • Condiciones especiales de ejecución de Contrato
      • Consideraciones de tipo social - Es condición especial de ejecución que el contratista provea de Equipos de Protección Individual a sus trabajadores, en particular, en caso de situaciones excepcionales en los que esté indicado su uso de acuerdo con los criterios establecido por las autoridades competentes
      • Consideraciones de tipo medioambiental - Todo el material de embalaje del suministro deberá ser de cartón reciclado y reciclable o estar provisto de certificado FSC, PEFC, ecolabel eu o equivalente, y ser reciclables. En caso de usar films plásticos deberán ser biodegradables-compostables conforme a la EN 13432 o equivalente.

    Lote 1: Videolaringoscopio

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        11.979 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        9.900 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Documentación del producto conforme a las características técnicas exigidas en el PPTP. Medio de Acreditación: Se presentará memoria técnica completa, copia del catálogo comercial y/o ficha técnica suscrita por el representante legal de la empresa en la que consten todas las características técnicas y en el que se incluirá fotos de todos los equipos. La documentación para justificar la solvencia técnica deberá presentarse en idioma castellano, deberá estar organizada y numerada y, para su rápida valoración, se destacarán en ella todos los datos que permitan comprobar las características técnicas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP). En el supuesto de que se presente una hoja de catálogo en el que figuren varios productos deberá señalarse de manera inequívoca qué producto se oferta. En el caso de que el catálogo comercial no incluyera alguno de los datos especificados en el PPTP se deberá presentar un anexo firmado por el representante legal de la empresa en el que se justifique su cumplimiento. Los datos y características técnicas que incluya la documentación aportada deberán estar claramente detallados y ser fácilmente comprobables no admitiéndose documentación que de forma clara e inequívoca no se pueda comprobar el cumplimiento de las características técnicas exigidas en el PPTP.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Volumen anual de negocios, en el ámbito del contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2018, 2019, 2020) en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser igual o superior a 11.979 euros. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles
        Umbral:
        11979
        Periodo:
        3 último ejercicios
        Expresión:
        euros
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • precio lote 1
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 85
        • Expresión de evaluación : Pov = 85*( X%v/X%max)
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 85
      • Realización de sesión formación-información producto sobre manejo y mantenimiento primer nivel. lote 1
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
        • Expresión de evaluación : SI/NO
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 10
      • Suministro de fungibles compatibles con los equipos. Lote 1
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Expresión de evaluación : SI/NO
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Lote 2: Aparataje diverso

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        368.203 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        304.300 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 33195000 - Sistema de monitorización de los pacientes.
    • Clasificación CPV
      • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Documentación del producto conforme a las características técnicas exigidas en el PPTP, Medio de Acreditación: Se presentará memoria técnica completa, copia del catálogo comercial y/o ficha técnica suscrita por el representante legal de la empresa en la que consten todas las características técnicas y en el que se incluirá fotos de todos los equipos. La documentación para justificar la solvencia técnica deberá presentarse en idioma castellano, deberá estar organizada y numerada y, para su rápida valoración, se destacarán en ella todos los datos que permitan comprobar las características técnicas exigidas en el Pliego de Prescripciones Tencias Particulares (PPTP). En el supuesto de que se presente una hoja de catálogo en el que figuren varios productos deberá señalarse de manera inequívoca qué producto se oferta. En el caso de que el catálogo comercial no incluyera alguno de los datos especificados en el PPTP se deberá presentar un anexo firmado por el representante legal de la empresa en el que se justifique su cumplimiento. Los datos y características técnicas que incluya la documentación aportada deberán estar claramente detallados y ser fácilmente comprobables no admitiéndose documentación que de forma clara e inequívoca no se pueda comprobar el cumplimiento de las características técnicas exigidas en el PPTP
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Volumen anual de negocios, en el ámbito del contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2018, 2019, 2020) en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser igual o superior a 368.203,00 €. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles
        Umbral:
        368203
        Periodo:
        tres últimos ejercicios
        Expresión:
        euros
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • PRECIO lote 2
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 80
        • Expresión de evaluación : Pov = 80*( X%v/X%max)
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 80
      • Realización de sesión formación-información producto sobre manejo y mantenimiento primer nivel lote 2
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
        • Expresión de evaluación : SI/NO
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 10
      • Suministro de fundas compatibles con los equipos. lote 2
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
        • Expresión de evaluación : si/no. Nº Uds
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 10

    Lote 3: Tensiómetro pulsioxímetro y ecógrafo portátil

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        381.283,1 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        315.110 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Documentación del producto conforme a las características técnicas exigidas en el PPTP. Medio de Acreditación: Se presentará memoria técnica completa, copia del catálogo comercial y/o ficha técnica suscrita por el representante legal de la empresa en la que consten todas las características técnicas y en el que se incluirá fotos de todos los equipos. La documentación para justificar la solvencia técnica deberá presentarse en idioma castellano, deberá estar organizada y numerada y, para su rápida valoración, se destacarán en ella todos los datos que permitan comprobar las características técnicas exigidas en el Pliego Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP). En el supuesto de que se presente una hoja de catálogo en el que figuren varios productos deberá señalarse de manera inequívoca qué producto se oferta. En el caso de que el catálogo comercial no incluyera alguno de los datos especificados en el PPTP se deberá presentar un anexo firmado por el representante legal de la empresa en el que se justifique su cumplimiento. Los datos y características técnicas que incluya la documentación aportada deberán estar claramente detallados y ser fácilmente comprobables no admitiéndose documentación que de forma clara e inequívoca no se pueda comprobar el cumplimiento de las características técnicas exigidas en el PPTP
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Volumen anual de negocios, en el ámbito del contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2018, 2019, 2020) en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas a 381.283,10 € euros IVA incluido. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles
        Umbral:
        381283.1
        Periodo:
        tres últimos ejercicios disponibles
        Expresión:
        euros
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • PRECIO lote 3
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 85
        • Expresión de evaluación : Pov = 85*( X%v/X%max)
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 85
      • Realización de sesión formación-información producto sobre manejo y mantenimiento primer nivel. Lote 3
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Expresión de evaluación : si/no
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5
      • Suministro de fundas compatibles con los equipos. Lote 3
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
        • Expresión de evaluación : si/no
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 10

    Lote 4: Capnógrafo

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        65.824 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        54.400 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Documentación del producto conforme a las características técnicas exigidas en el PPTP. Medio de Acreditación: Se presentará memoria técnica completa, copia del catálogo comercial y/o ficha técnica suscrita por el representante legal de la empresa en la que consten todas las características técnicas y en el que se incluirá fotos de todos los equipos. La documentación para justificar la solvencia técnica deberá presentarse en idioma castellano, deberá estar organizada y numerada y, para su rápida valoración, se destacarán en ella todos los datos que permitan comprobar las características técnicas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP). En el supuesto de que se presente una hoja de catálogo en el que figuren varios productos deberá señalarse de manera inequívoca qué producto se oferta. En el caso de que el catálogo comercial no incluyera alguno de los datos especificados en el PPTP se deberá presentar un anexo firmado por el representante legal de la empresa en el que se justifique su cumplimiento. Los datos y características técnicas que incluya la documentación aportada deberán estar claramente detallados y ser fácilmente comprobables no admitiéndose documentación que de forma clara e inequívoca no se pueda comprobar el cumplimiento de las características técnicas exigidas en el PPTP
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Volumen anual de negocios, en el ámbito del contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2018, 2019, 2020) en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser igual o superior a 65.824,00 € IVA incluido. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles
        Umbral:
        65824
        Periodo:
        tres últimos ejercicios disponibles
        Expresión:
        euros
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • PRECIO LOTE 4
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 85
        • Expresión de evaluación : Pov = 85*( X%v/X%max)
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 85
      • Realización de sesión formación-información producto sobre manejo y mantenimiento primer nivel. LOTE 4
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Expresión de evaluación : SI/NO
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5
      • Suministro de fundas compatibles con los equipos. LOTE 4
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
        • Expresión de evaluación : SI/NO
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 10

    Lote 5: Cooxímetro

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        32.670 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        27.000 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Documentación del producto conforme a las características técnicas exigidas en el PPTP. Medio de Acreditación: Se presentará memoria técnica completa, copia del catálogo comercial y/o ficha técnica suscrita por el representante legal de la empresa en la que consten todas las características técnicas y en el que se incluirá fotos de todos los equipos. La documentación para justificar la solvencia técnica deberá presentarse en idioma castellano, deberá estar organizada y numerada y, para su rápida valoración, se destacarán en ella todos los datos que permitan comprobar las características técnicas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares ( PPTP). En el supuesto de que se presente una hoja de catálogo en el que figuren varios productos deberá señalarse de manera inequívoca qué producto se oferta. En el caso de que el catálogo comercial no incluyera alguno de los datos especificados en el PPTP se deberá presentar un anexo firmado por el representante legal de la empresa en el que se justifique su cumplimiento. Los datos y características técnicas que incluya la documentación aportada deberán estar claramente detallados y ser fácilmente comprobables no admitiéndose documentación que de forma clara e inequívoca no se pueda comprobar el cumplimiento de las características técnicas exigidas en el PPTP
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Volumen anual de negocios, en el ámbito del contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2018, 2019, 2020) en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser igual o superior a 32.670 €. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles
        Umbral:
        32670
        Periodo:
        tres últimos ejercicios disponibles
        Expresión:
        euros
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • PRECIO LOTE 5
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 85
        • Expresión de evaluación : Pov = 85*( X%v/X%max)
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 85
      • Realización de sesión formación-información producto sobre manejo y mantenimiento primer nivel. Lote 5
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Expresión de evaluación : si/no
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5
      • Suministro de fundas compatibles con los equipos. Lote 5
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
        • Expresión de evaluación : si/no
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 10

    Lote 6: Cardiocompresor

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        19.965 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        16.500 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 33190000 - Instrumentos y aparatos médicos diversos.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Documentación del producto conforme a las características técnicas exigidas en el PPTP. Medio de Acreditación: Se presentará memoria técnica completa, copia del catálogo comercial y/o ficha técnica suscrita por el representante legal de la empresa en la que consten todas las características técnicas y en el que se incluirá fotos de todos los equipos. La documentación para justificar la solvencia técnica deberá presentarse en idioma castellano, deberá estar organizada y numerada y, para su rápida valoración, se destacarán en ella todos los datos que permitan comprobar las características técnicas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares ( PPTP). En el supuesto de que se presente una hoja de catálogo en el que figuren varios productos deberá señalarse de manera inequívoca qué producto se oferta. En el caso de que el catálogo comercial no incluyera alguno de los datos especificados en el PPTP se deberá presentar un anexo firmado por el representante legal de la empresa en el que se justifique su cumplimiento. Los datos y características técnicas que incluya la documentación aportada deberán estar claramente detallados y ser fácilmente comprobables no admitiéndose documentación que de forma clara e inequívoca no se pueda comprobar el cumplimiento de las características técnicas exigidas en el PPTP
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Volumen anual de negocios, en el ámbito del contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2018, 2019, 2020) en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser igual o superior a 19.965 €. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles
        Umbral:
        19965
        Periodo:
        tres últimos ejercicios disponibles
        Expresión:
        euros
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • PRECIO LOTE 6
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 95
        • Expresión de evaluación : Pov = 95*( X%v/X%max)
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 95
      • Realización de sesión formación-información producto sobre manejo y mantenimiento primer nivel. lOTE 6
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Expresión de evaluación : si/no
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Condiciones de Licitación

  • Importe Máximo Gastos de Publicidad
    0 EUR.
  • Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %
    • Plazo de constitución
      • 6 Mes(es)

    Garantía Requerida Complementaria

    • Porcentaje
      1 %
    • Plazo de constitución
      • 6 Mes(es)

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE A LOTE 1
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      1
    • Evento de Apertura
      Mesa de apertura del sobre de documentación administrativa
    • Descripción
      Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE A LOTE 2
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      2
    • Evento de Apertura
      Mesa de apertura del sobre de documentación administrativa
    • Descripción
      Documentación del cumplimiento de los requisitos previos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE A LOTE 3
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      3
    • Evento de Apertura
      Mesa de apertura del sobre de documentación administrativa
    • Descripción
      Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE A LOTE 4
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      4
    • Evento de Apertura
      Mesa de apertura del sobre de documentación administrativa
    • Descripción
      Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE A LOTE 5
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      5
    • Evento de Apertura
      Mesa de apertura del sobre de documentación administrativa
    • Descripción
      Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE A LOTE 6
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      6
    • Evento de Apertura
      Mesa de apertura del sobre de documentación administrativa
    • Descripción
      Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE C LOTE 1
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      1
    • Evento de Apertura
      Mesa de Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Sobre de oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE C LOTE 2
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      2
    • Evento de Apertura
      Mesa de Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Sobre de oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE C LOTE 3
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      3
    • Evento de Apertura
      Mesa de Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Sobre de ofertas de criterios valorables en cifras o porcentajes

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE C LOTE 4
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      4
    • Evento de Apertura
      Mesa de Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Sobre de ofertas de criterios valorables en cifras o porcentajes

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE C LOTE 5
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      5
    • Evento de Apertura
      Mesa de Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Sobre de oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE C LOTE 6
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      6
    • Evento de Apertura
      Mesa de Apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Sobre de ofertas de criterios valorables en cifras o porcentajes

    Plazo de Validez de la Oferta

    • 2 Mes(es)

    Presentación de recursos

      Información sobre recursos
      • Tribunal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
      • Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación
      Dirección Postal
      • Plaza Chamberí, 8
      • (28010)
        Madrid
        España
      Contacto
      • Teléfono
        +34 917206346
      • Correo Electrónico
        tribunal.contratacion@madrid.org
      Presentación de recursos
      • Tribunal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
      Dirección Postal
      • Plaza Chamberi, 8
      • (28010)
        Madrid
        España
      Contacto
      • Teléfono
        +34 917206346
      • Correo Electrónico
        tribunal.contratacion@madrid.org

    • Se aceptará factura electrónica

    Subcontratación permitida
    • Se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos del artículo 215 de la ley 9/2017

    Proceso de Licitación

      Subasta electrónica

      • Se adjudicará mediante subasta electrónica
        : No

    Rectificaciones al Anuncio