Objeto del Contrato
: Obras de mejora en el Museo de Chiclana de la Frontera, enmarcadas en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con cargo a los fondos Next Generation EU.
Descripción del procedimiento Es objeto del contrato mejorar las condiciones constructivas, funcionales, estéticas y de accesibilidad del actual Museo Municipal de Chiclana de la Frontera, enmarcadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea con cargo a los fondos Next Generation EU, conforme al Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto Municipal, Juan Antonio de la Mata Amaya, denominado “Mejoras en el Museo de Chiclana”, y al Pliego de Prescripciones Técnicas incluido en el mismo.Valor estimado del contrato 125.250,34 EUR.
Presupuesto base de licitación- Importe
151.552,91 EUR.
- Importe (sin impuestos)
125.250,34 EUR.
Clasificación CPV45212313 -
Trabajos de construcción de museos.
45311200 -
Trabajos de instalación de accesorios eléctricos.
45316100 -
Instalación de equipo de alumbrado exterior.
45432000 -
Trabajos de pavimentación, revestimiento y empapelado de paredes.
45443000 -
Trabajos de fachada.
Plazo de EjecuciónLugar de ejecuciónOpciones y prórrogas
- Número máximo de prórrogas:
0
Condiciones de ejecución del contrato
- Se utilizará pedido electrónico : No
- Se aceptará factura electrónica : Sí
- Se utilizará el pago electrónico : No
- Condiciones especiales de ejecución de Contrato
Consideraciones de tipo medioambiental - El contratista asume las correspondientes obligaciones en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y está obligado al cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución señaladas en la cláusula 22 del PCAP, particularmente las impuestas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de los Fondos Next Generation EU.
Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos - Si bien no se trata de un contrato que implique la cesión de datos personales
por la Administración al contratista, éste estará obligado a someterse a la normativa nacional
y de la Unión Europea en materia de protección de datos, según lo establecido en el artículo
202.1 de la LCSP.
Consideraciones de tipo social - El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral particularmente el convenio colectivo sectorial aplicable al personal adscrito a la ejecución del contrato y de Seguridad Social.
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer - La empresa contratista está obligada al cumplimiento de de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres y de la normativa vigente en dicha materia.
Contratación estratégica