- Capacidad de obrar
- Se acreditará mediante la presentación de DEUC, en el sobre nº 1 y Anexo V al Pliego. Si no presenta
DEUC ver apartado 14 y anexo I
- No prohibición para contratar
- Se acreditará mediante la presentación de DEUC, en el sobre nº 1, documentación general.
Si no presenta DEUC ver apartado 14 y anexo I.
- No estar incurso en incompatibilidades
- DEUC en que conste el objeto social o Certificado ROLECE en que conste el objeto social o escritura de constitución o de modificación del objeto social.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación positiva, expedida dentro de los seis meses anteriores a la fecha de presentación por el órgano competente de la Seguridad Social, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de la Administraciones Públicas.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Certificación positiva, expedida dentro de los seis meses anteriores a la fecha de presentación, por el órgano competente de la Administración Tributaria, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de
las Administraciones Públicas.