RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
Nº de expediente 2014/UE/02
Objeto “ADQUISICIÓN DE UN SISTEMA DE JAULAS METABÓLICAS”.
Lote 1. Jaulas de ratones
Lote 2. Cinta de ejercicio
Visto el expediente instruido para la contratación del expediente de referencia, en el que la Mesa de Contratación acuerda la siguiente clasificación de las ofertas por orden decreciente, atendiendo a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el mismo.
LOTE 1
1. PANLAB S.L.U. 89,71 puntos.
2. TSE SYSTEMS. 57,86 puntos.
LOTE 2
1. PANLAB S.L.U. 97,71 puntos.
2. TSE SYSTEMS. 70,72 puntos.
Efectuado el requerimiento al mejor clasificado de la documentación preceptiva y una vez cumplido dicho requisito conforme a lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), y actuando en virtud de las facultades delegadas por la Comisión Delegada de la Fundación Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III en la sesión celebrada el 25 de julio de 2014.
RESUELVO
Adjudicar el expediente de referencia a la empresa “PANLAB S.L.U.”, por:
Las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor fueron las siguientes:
Lote 1.
- El precio.
- Incluye jaulas adicionales.
Lote 2.
- El precio.
- Inclusión de un segundo módulo de treadmill para calorimetría con shocker.
Según dispone el artículo 156.3 del TRLCSP, el contrato deberá ser formalizado en el plazo máximo de 5 días naturales, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo obligatorio de 15 días hábiles para la interposición del recurso potestativo especial en materia de contratación, contados a partir de la fecha de registro de salida de la notificación de la presente resolución, sin que se le haya comunicado interposición de recurso.
Asimismo se requiere al adjudicatario para llevar a cabo la formalización del contrato en los términos y con las consecuencias previstas en el artículo 156 del TRLCSP, haciendo constar que no podrá iniciarse la ejecución del mismo sin su previa formalización.
Notifíquese esta resolución a todos los interesados en la licitación y hágase pública a través de los medios establecidos en el TRLCSP.