Capacidad de obrar - Requisitos generales de capacidad:
Podrán presentar proposiciones, por sí mismo o por medio de representantes, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que:
1º. Tengan plena capacidad de obrar. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.
2º. No se encuentren incluidas en alguno de los supuestos de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas recogidos en el artículo 71 de LCSP.
3º. Podrán licitar únicamente las empresas que disponsgan de la autorización de uso de la marca Ávila Auténtica.